Es un mecanismo recuperatorio que busca la preservación de la empresa a través de la suscripción de un acuerdo o por medio de una liquidación ordenada aprovechando el patrimonio del deudor.
El régimen judicial de insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregación de valor.
El régimen de insolvencia, además, propicia y protege la buena fé en las relaciones comerciales y patrimoniales en general y sanciona las conductas que le seasn contrarias.
Bien sea por el mecanismo recuperatorio que busca la preservación de la empresa a través de la suscripción de un acuerdo o por medio de una liquidación ordenada aprovechando el patrimonio del deudor
El proceso de insolvencia para una persona natural no comerciante tiene como fin la negociación de deudas, en aras de que un deudor se ponga al día con sus obligaciones y de esta manera aliviane su difícil situación financiera.
Al iniciar un proceso de insolvencia el deudor debe tener en cuenta que declararse insolvente no extingue la obligación del pago de las deudas.
Una vez iniciado este proceso, la entidad competente realizará un estudio de su situación patrimonial o financiera con el objetivo de establecer si en realidad carece de los medios económicos necesarios para cumplir con el pago de sus obligaciones o deudas. Las deudas u obligaciones que lo llevaron a declararse insolvente deberán pagarse en su totalidad.
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